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Los próximos desafíos de la tercerización laboral

¿Cómo avanzan las demandas interpuestas en Indecopi, los procesos de amparo y acciones populares contra la eliminación de la tercerización laboral? Desde Adentro conversó sobre ello con el abogado Jorge Toyama, socio de Vinatea & Toyama.

Este 8 de marzo la Tercera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima resolvió, en primera instancia, que las empresas pueden aplicar la tercerización de las actividades nucleares de los negocios, salvo en casos de fraude. Esto, como respuesta a las acciones populares presentadas por algunas empresas.

Pero, si bien se trata de una buena noticia, aún queda la segunda instancia y final. “Este es un partido de largo aliento. Todavía falta que la Corte Suprema, en segunda y última instancia, resuelva el caso. Eso pasará en varios meses. Se estima que a fin de año o a comienzos del 2024 podría resolverse este proceso”, comenta a Desde Adentro el abogado laboralista Jorge Toyama, socio de Vinatea & Toyama.

Actualmente, hay 12 juicios de acción popular que la Corte Superior de Lima ha resuelto en primera instancia.

La tercerización laboral —cabe recordar— cumple un rol fundamental en la dinámica empresarial peruana y global, debido al impacto positivo que genera sobre la productividad y eficiencia de algunos procesos. Por tanto, eliminarla resta competitividad a todos los sectores productivos y fomenta el desempleo, de acuerdo con el Instituto Peruano de Economía (IPE).

La eliminación de la tercerización laboral en las actividades nucleares de las empresas fue implementada por el Ministerio de Ministerio de Trabajo (MTPE) bajo el gobierno de Pedro Castillo. Toyama, explica que otras dos vías se abrieron en paralelo en contra de esta norma: Indecopi y los jueces de amparo.

Indecopi

En Indecopi, explica Toyama, se han presentado cerca de 500 denuncias contra la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), recibidas por la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi, con efectos aplicables para todas las empresas.

En primera instancia, el Indecopi, a partir de las denuncias recibidas, emitió una resolución: la norma constituye una barrera burocrática ilegal, por lo tanto, es inaplicable y debe dejarse sin efecto. Pero, en segunda instancia, puso en espera el procedimiento principal sobre tercerización, hasta que el Poder Judicial se pronuncie sobre los procesos de acción popular.

“Actualmente, los procesos de Indecopi están suspendidos. Pero también se suspende la fiscalización de Sunafil. Ninguna empresa hoy en día puede ser fiscalizada por tercerizaciones nucleares”, explica Toyama.

Jueces de amparo

De acuerdo con la Ley, si una norma afecta un derecho constitucional, se puede presentar un juicio contra el Estado. Por eso, cerca de 800 empresas presentaron juicios de amparo al considerar que la norma que busca eliminar la tercerización de actividades nucleares afecta el derecho constitucional a la libertad de empresa y contratación.

“En esto hay una tendencia a favor de las empresas. Cuando gana una empresa en dos instancias en los juicios de amparo, se acabó ya”, concluye el experto.