En dos meses se cumple el plazo otorgado para que entre en vigencia la decisión del Ministerio del Trabajo (MTPE) de eliminar parcialmente la tercerización laboral en las empresas principales y tercerizadas. Pero una serie de medidas impulsadas para frenar el proyecto prometen que esta sea derogada.
“Afortunadamente, hasta ahora, se aprecia que hay una tendencia a que esto no se aplique finalmente”, señala Jorge Toyama, abogado laboralista, socio en Vinatea & Toyama. La evidencia está a la vista.
La Comisión de Trabajo y Seguridad Social aprobó por mayoría el dictamen que recomienda la no aprobación de los proyectos de ley que proponían modificar la Ley que regula los servicios de tercerización.
La Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera del Congreso de la República también aprobó el dictamen sobre el Proyecto de Ley N.° 1726/2021-CR, que propone derogar la “Ley que modifica los criterios de fiscalización de la tercerización del laboral”.
Hay más. La Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi, por su parte, admitió a trámite una denuncia presentada por la constructora Cosapi contra el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y le otorgó una medida cautelar consistente en la inaplicación de las prohibiciones de tercerización laboral.
Rol minero
Respecto a las empresas mineras, estas también actuaron. El Poder Judicial declaró inaplicable la prohibición de la tercerización laboral para Consorcio Minero Horizonte, como medida cautelar. Pero no es la única.
“Entre un 70% y un 80% de las empresas mineras deben haber presentado acciones de amparo con procesos de Indecopi y otras están evaluando presentarlas”, señala Toyama. Sin embargo, señala que hay que tener paciencia.
“Es la primera de varias. En las semanas siguientes vendrán nuevas acciones de amparo y esperemos que les den la razón a las mineras”, agrega el abogado laboralista.
Código Laboral
Al problema de la tercerización, se suma el denominado Anteproyecto del Código del Trabajo. Mientras la prohibición de la tercerización laboral era señalada, de acuerdo con los expertos, como un revés para la productividad del país; el nuevo Código del Trabajo amenaza con hacer aún más rígido el ámbito laboral peruano. Se trata de alrededor de 100 modificaciones que, según Toyama, serán muy difíciles de adecuar por el empleador. “Esta es la reforma más radical que se ha planteado en el Perú en materia laboral”, afirma.
Algunas normas, por ejemplo, como la inamovilidad del trabajo, implican mayores costos laborales. “Si una unidad minera quiere trasladar al trabajador a otra unidad, quiere cambiar los horarios, necesita agregar o reestructurar funciones o puestos, tiene que pedirle permiso al trabajador. Solo puedes hacer cambios temporales, muy limitados, y todo eso eleva el costo laboral. Sin contar que somos el octavo país con la regulación laboral más rígida del mundo. Con esto, estaríamos entre el segundo y el tercer puesto debajo de Bolivia. Eso evidentemente impide que una unidad minera por ejemplo pueda operar”, explicó el abogado.
Otro punto, agrega Toyama, es el empoderamiento de los sindicatos, dado que a través de esta norma se impondrían las negociaciones colectivas por ramas.
“El Gobierno, primero, debe dialogar. La Organización Internacional del Trabajo ya le jaló las orejas por negarse a ello. Toda norma y política debería pasar por el Consejo Nacional del Trabajo. Lo segundo, cambiar de giro rápidamente y que el principal objetivo sea la negociación colectiva, la protección del empleo y la creación de puestos de trabajo”, indicó el experto.
Por último, Toyama concluye que esta medida se concentra solo en el empleo formal y la gran empresa, es decir solo en un tercio del total de la población empleada en el Perú: “Si seguimos así, tendremos más beneficios para el trabajador, pero menos trabajadores beneficiados”.