Commodites (05/11/24)

Petróleo 75.44 US $/Barril WTI
Oro 2743.50 US $/ Oz. Tr.
Cobre 9587.00 US $/TM
Plata 32.62 US $/Oz. Tr.
Estaño 32075 US $/TM
Plomo 2000.00 US $/TM
Zinc 3028.00 US $/TM
TIPO DE CAMBIO AL DÍA DE: 05-11-2024
MONEDA DÓLAR EURO L. ESTERLINA
COMPRA 3.771 3.806 4.208
VENTA 3.778 4.410 5.011

Últimas noticias

Ministerio de Trabajo otorgó premio “Buenas Prácticas Laborales 2024” a Southern Perú

Nueva infraestructura del COAR Áncash fue entregada y quedó a disposición del alumnado y la plana docente

PROINVERSIÓN gana premio Creatividad Empresarial 2024 con programa innovador en Obras por Impuestos

Ver todos >

Proponen reglamento para el ingreso y permanencia al Registro Especial de comercializadores y procesadores de oro

Promulgó proyecto de Decreto Supremo que reglamenta el Registro Especial de Comercializadores y Procesadores de Oro (RECPO) y dispone un plazo de 30 días hábiles para que los interesados remitan sus aportes y sugerencias.

Oro MINEM

El Ministerio de Energía y Minas (MINEM), a través de la Resolución Ministerial N° 190-2021-MINEM-DM, publicó el proyecto de Decreto Supremo (DS) que establece disposiciones reglamentarias para el Registro Especial de Comercializadores y Procesadores de Oro (RECPO) y su exposición de motivos.

En virtud a la resolución, publicada el 28 de junio, se establece un plazo de 30 días hábiles, contados a partir del 29 del mismo mes, para que los interesados remitan sus opiniones y sugerencias sobre el proyecto de DS y su exposición de motivos a la Dirección General de Formalización Minera (DGFM), ubicada en avenida de Las Artes Sur Nº 260, San Borja, Lima; o, por correo electrónico a DGFM_prepublicacion@minem.gob.pe

El RECPO, creado mediante la Resolución Ministerial Nº 249-2012-MEM/DM, es la principal fuente oficial para identificar a los agentes formales que se dedican a la compra, venta y/o refinación de oro, conforme lo dispuesto por la normatividad vigente.

La Dirección General de Formalización Minera (DGFM) del MINEM destacó que la propuesta publicada representa un avance importante con el objetivo de mejorar la confianza, predictibilidad y trazabilidad en la cadena de valor del oro extraído por la minería en pequeña escala en el país.

La propuesta normativa establece normas y procedimientos para el acceso y control del mencionado registro, que a junio del 2021 cuenta con 8,790 inscripciones.

Además, propone un sistema para registrar las transacciones donde el comprador (planta y/o comercializador) debe reportar sus operaciones de compra-venta de oro, entre otros.